HUELVA, 16 DE JULIO 2024.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha concluido este martes el proceso de desmantelamiento del conocido caso de los ERE, otorgando amparo a los expresidentes socialistas de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Este caso, iniciado en 2011, investigaba un fraude masivo en la concesión de ayudas sociolaborales por parte del Gobierno andaluz, valoradas en 679,4 millones de euros a lo largo de una década.
La decisión del Tribunal ha estado marcada por la división entre los magistrados: siete votos a favor y cuatro en contra, con los jueces propuestos por PSOE e IU por un lado, y los propuestos por el PP por el otro. En su resolución, el Constitucional ha anulado completamente las condenas por malversación emitidas por la Audiencia de Sevilla en 2019 y ratificadas por la Sala Penal del Tribunal Supremo en 2022, y ha estimado parcialmente las demandas de amparo en cuanto al delito de prevaricación.
Esta sentencia implica que José Antonio Griñán, condenado previamente a seis años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta por ambos delitos, no cumplirá pena de cárcel. En cuanto a Manuel Chaves, quien había sido condenado a nueve años de inhabilitación por prevaricación, el Tribunal ha ordenado la retroacción del procedimiento para una nueva evaluación por parte de la Audiencia Provincial de Sevilla.
El caso gira en torno a una modificación presupuestaria aprobada en diciembre de 2004, durante el mandato de Chaves y con Griñán como consejero de Hacienda, que redirigió 2,9 millones de euros del programa 3.2 H, destinado a los servicios generales del Servicio Andaluz de Empleo, hacia el pago de ayudas sociolaborales del programa 3.1 L. El TC ha determinado que esta modificación podría encajar dentro del delito de prevaricación administrativa, conforme al artículo 404 del Código Penal, y ha ordenado una nueva revisión de este aspecto.
Para Chaves, la revisión será más amplia, abarcando cinco modificaciones presupuestarias adicionales aprobadas entre 2000 y 2001, cuando el sistema de reparto de ayudas sociolaborales no contaba aún con la cobertura legal introducida en 2002. Este esquema presupuestario permitía eludir la tramitación formal de subvenciones y los controles de la Intervención, facilitando una distribución discrecional de las ayudas por parte de la Consejería de Empleo.
El Constitucional ha fundamentado su decisión en la vulneración del principio de legalidad respecto a los delitos de malversación y prevaricación, y ha destacado la violación del derecho de Griñán a la presunción de inocencia.
Previo a este fallo, el Tribunal Constitucional ya había otorgado amparo a otros seis condenados en el caso de los ERE: los exconsejeros Magdalena Álvarez, Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo y Antonio Fernández; el exviceconsejero Jesús María Rodríguez Román y el exdirector general del Instituto de Desarrollo de Andalucía (IDEA) Miguel Ángel Serrano. Sin embargo, rechazó el recurso de José Antonio Viera y está pendiente de pronunciarse sobre las demandas de Juan Márquez, Gaspar Zarrías y Antonio Vicente Lozano en los próximos días.
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